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jueves, 9 de octubre de 2014

Consecuencias que sufrirá Panamá por ser incluida en lista de paraíso fiscal por parte de Colombia

 


 
Empresas panameñas y colombianas, al igual que los ciudadanos, pagarán más impuestos.
 
La declaración de Colombia está recogida en el decreto 1966 del 7 de octubre de 2014, que entra este miércoles en vigor con su publicación oficial en la Imprenta Nacional.
 
 
 
 
 
 
Ciudad de Panamá. De acuerdo con el documento del ministerio de Hacienda de Colombia las consecuencias de ser incluido en la lista de paraísos fiscales, van desde una sobre tasa de impuestos del 33% entre otras. Este 8 de octubre Panamá fue incluido en esta lista por parte del gobierno colombiano.
 
Estas es la información publicada por la entidad colombiana y a la que tuvo acceso la Agencia de Noticias Panamá (ANPanamá).
 
A. Los pagos a personas ubicadas en jurisdicciones consideradas como paraísos fiscales, por concepto de rentas de fuente nacional colombiana, están sometidos a una retención en la fuente del 33% (art. 408 del ET).
 
B. Por regla general, los pagos que se realicen a personas ubicadas en paraísos fiscales no pueden ser deducidos como costo o deducción al determinar el impuesto sobre la renta (art. 124-2 del ET).
 
C. Toda operación que realice un residente fiscal colombiano con una persona ubicada en un paraíso fiscal estará sometida el régimen de precios de transferencia sin importar si son o no vinculados económicos y tendrá, en consecuencia, que presentar documentación comprobatoria (estudio de precios de transferencia) y declaración informativa de precios de transferencia (art. 260-7 del ET).
 
D.La tarifa general de retención en la fuente para los inversionistas de portafolio del exterior domiciliados en paraísos fiscales es del 25%, mientras que la retención en la fuente para aquellos que no están domiciliados en paraísos fiscales es del 14% (artículo 18-1 del ET).
 
E. Las personas naturales nacionales colombianas (personas que tengan pasaporte colombiano) que tengan residencia fiscal en un paraíso fiscal serán considerados como residentes fiscales colombianos (artículo 10 del ET) y, por lo tanto, estarán sometidos a impuesto sobre la renta sobre sus rentas de fuente mundial.
 
 
 
 

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